FUNCIONARIOS OCASIONARON GRAVE PERJUICIO POR S/ 375 MIL A UNSM. Tras autorizar irregularmente ampliación de plazo,pese a carecer del debido sustento técnico – legal.
San Martín. La Contraloría General de la República, a través de un informe de control específico buscó determinar si el procedimiento de trámite y aprobación de la ampliación de plazo N° 1 durante la ejecución de la obra “Mejoramiento de las condiciones básicas de calidad de la infraestructura físico- espacial y servicios complementarios de la Universidad Nacional de San Martin, sede Lamas, en el distrito de Lamas, provincia de Lamas – San Martín”, ejecutada por la Universidad Nacional de San Martín, se realizó de acuerdo a la normativa aplicable y estipulaciones contractuales.
De la revisión y análisis a la documentación relacionada a la ejecución de la mencionada obra, bajo el sistema de contratación a suma alzada y ejecutada por la casa superior de estudios, se advirtió que el Consorcio Atlandier, ganador de la buena pro pata la ejecución de esta obra, solicitó la Ampliación de Plazo Nº 1 derivada del Adicional de Obra Nº 1, por el plazo de sesenta días calendario sin contar con el respectivo sustento técnico – legal, debido a que la ejecución de las partidas del citado adicional no modificaban la ruta crítica del programa de ejecución de obra, sin embargo, funcionarios de la Universidad Nacional de San Martín, autorizaron irregularmente dicha ampliación de plazo, en consecuencia, se configuró la aplicación de penalidad debido al incumplimiento del plazo contractual que era de sesenta días calendario, la cual nunca se aplicó.
Lo expuesto ocasionó que la UNSM deje de percibir ingresos por el importe de375 mil 281.80 soles, por la inaplicación de la penalidad por incumplimiento del plazo contractual, derivada de sesenta días calendario de ampliación de plazo autorizados irregularmente en desmedro de su patrimonio.
Los hechos antes descritos se originaron por el inadecuado accionar del jefe (e) de la Unidad de Obras, Luis Alberto Navarro Panduro, por recomendar emitir acto resolutivo que declare procedente la solicitud de ampliación de plazo Nº 1 por sesenta días calendario, sin que cuente con sustento técnico que acredite que la ejecución de las partidas del adicional de obra Nº 1 modificaban la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente.
Aunado a ello, por la decisión del Director de la Oficina de Infraestructura, Neil Rodríguez Sánchez, quien recomendó declarar procedente la aprobación de la ampliación de plazo Nº 1 por sesenta días calendario y solicitó refrendar dicha aprobación mediante la expedición de la resolución correspondiente, pese que carecía de sustento técnico, toda vez que, la ejecución de las partidas del adicional de obra Nº 1 no modificaban la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente.
Finalmente, también fue inadecuado accionar de la Directora General de Administración, Juan Ysabel Saldaña Saavedra, quién tramitó la carta N° 182-2021-UNSM/OI del 31 de mayo del 2021, emitida por el Director de la Oficina de Infraestructura, solicitando la emisión de la resolución, sin advertir que esta no contenía un análisis técnico que sustente que la ejecución de las partidas del adicional de obra Nº 1 modificaban la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente.
En consecuencia, los mencionados funcionarios de la UNSM autorizaron irregularmente una ampliación de plazo derivada del adicional de obra Nº 1 por un total de sesenta días calendario, pese a que carecía de sustento técnico – legal, debido que la ejecución de las partidas del citado adicional no modificaban la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente; conllevando a que la Casa Superior de Estudios deje de percibir la suma de S/ 375,281.80, por inaplicación de penalidad debido al incumplimiento del plazo contractual en desmedro de su patrimonio. En el caso de los tres mencionados funcionarios se determinó responsabilidad civil y administrativa, notificándose al Rector de la UNSM, para que se tomen las medidas que corresponden. (Diario Amanecer)
Foto: Sede UNSM Lamas