Juez “Loli” libera a subdirector AMAE. Pese a evidencias de acoso, sin embargo, fue trasladado a carceleta del PJ por mantener requisitoria por otro caso similar.
Moyobamba. El subdirector del colegio particular AMAE, Felipe Raúl Ramírez Noriega, acusado por el presunto delito de proposiciones indecentes (sexuales) a una alumna menor de edad de 12 años, fue liberado y afrontará la investigación en libertad, luego que el Juez Andrés Loli Sánchez declaró infundado el requerimiento de detención preliminar contra el docente.
Tras la detención del docente, el Ministerio Público solicitó al Juez Loli Sánchez la detención preliminar para continuar con las investigaciones del caso, ya que la Fiscalía había considerado que había pruebas más que suficientes para que el intervenido sea investigado por espacio de 07 días, corroborando con la denuncia de los familiares de la menor y la incautación del teléfono celular del inculpado con el cual mantenía charlas obscenas con la menor.
Sin embargo, el Juez en mención no valoró los elementos y el sustento por parte del Ministerio Público, y creyó conveniente que el acusado afronte el proceso de investigación en libertad, a pesar que dicho sujeto sería reincidente.
Según información de la Policía Nacional, Ramírez Noriega presentaba una requisitoria vigente por delitos de actos contra el pudor, solicitado por el Juzgado Penal Liquidador de Lima.
Ayer pasado del mediodía, el intervenido fue trasladado a la carceleta del Poder judicial, pero no precisamente por la denuncia de proposición indecente que presentaron los familiares de la menor alumna del colegio AMAE, sino porque dicho sujeto tiene una orden de captura vigente solicitado por un Juzgado de Lima.
Se tiene conocimiento que el Ministerio Público no está convencido con la decisión del Juez Loli Sánchez y presentarán una apelación para la detención preliminar y posteriormente la prisión preventiva, ya que tendrían pruebas más que suficientes.
Cabe mencionar que según el artículo 183-B, proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales, el que contacta con un menor de 14 años para solicitar u obtener de él material pornográfico, o para proponerle llevar a cabo cualquier acto de connotación sexual con él o con tercero, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor a 06 ni menor a 09 años. (Diario Amanecer)
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