Informe de Contraloría lapida a director DRTC. Confirman graves deficiencias en 03 chancadoras adquiridas y recientemente recepcionadas por Ing. Gunter Vela Villacorta.
Tarapoto. Tras una inspección física realizada a tres plantas móviles de trituración que fueron adquiridas en el 2020 por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, con un valor de S/ 5 242 710, la Contraloría General de la República detectó que no estarían en óptimas condiciones debido a una serie de deficiencias.
De acuerdo con el Informe de Orientación de Oficio N° 008-2022-OCI/5351-SOO, la entidad firmó el contrato con un proveedor privado para la adquisición de estas plantas móviles el 23 de noviembre del 2020, para usarlos en el mantenimiento de las vías de comunicación por emergencia ante los desastres naturales.
Tras superarse los incumplimientos del contratista y la firma de dos actas de conciliación, la entidad, mediante una comisión especial, suscribió un acta de recepción y conformidad de estos bienes, el 13 de mayo de este año, señalando que se encuentran nuevos y totalmente operativos.
Sin embargo, se evidenció que los componentes de estas plantas no se encuentran integrados entre sí para su fácil desplazamiento en los semirremolques; y por el contrario, los grupos electrógenos y centrales hidráulicas que tienen las plantas no ingresan a cada vehículo.
Se detectó además que la faja transportadora N° 01. presenta cortes y desgarros por incrustación de rocas, debido a que el proveedor realizó modificaciones al diseño inicial de los bienes.
También se alertó que los amortiguadores de estos bienes están desalineados, lo cual compromete su vida útil.
De igual manera, el sistema de carga de la faja de ¾ de pulgada no es el correcto, lo que genera que el material procesado se desparrame en la parte inferior del chasis de las plantas móviles.
Vale indicar que a la fecha la DRTC-SM efectuó un pago parcial de dichos bienes.
El informe de orientación de oficio se encuentra publicado en el portal institucional, y el resultado fue puesto de conocimiento al titular de la entidad a fin de que adopte las acciones preventivas y correctivas que correspondan en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, las mismas que deberán ser comunicadas al Órgano de Control Institucional, a través de su plan de acción.