NATIVOS DE PUERTO FRANCO LOGRAN UNA VICTORIA HISTÓRICA, Contra la conservación excluyente del Parque Nacional Cordillera Azul y su proyecto de créditos de carbono (REDD+).
San Martín. El último viernes, 13 de diciembre de 2024, el Juzgado Mixto de Bellavista, en la región San Martín, declaró fundada una demanda de amparo presentada en el año 2020 por la comunidad kichwa Puerto Franco y su federación, el Consejo Étnico de los Pueblos Kichwas de la Amazonía (CEPKA). El origen de la acción judicial fue que el territorio ancestral comunal fue despojado por la imposición de un parque nacional y concesiones forestales. La audiencia del caso se realizó el pasado 12 de noviembre de este año.
Aunque la comunidad ya había ganado el caso en abril del 2023 en primera instancia, este fue retrotraído por cuestiones de forma y pedidos de los demandados, hecho que levantó un fuerte escrutinio internacional. Ahora, más de un año después, la justicia le da la razón al pueblo kichwa. La reciente sentencia ordena la titulación del territorio de la Comunidad Nativa Kichwa Puerto Franco, la nulidad de concesiones forestales, la realización de una consulta previa sobre la creación del PNCAZ y su Plan Maestro, y garantiza el acceso de la comunidad a los recursos naturales y su participación en la gestión del parque, que incluye el reparto de beneficios de la venta de créditos de carbono que ha venido realizando a sus espaldas desde el 2008.
La demanda se presentó contra el Ministerio del Ambiente (MINAM), el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional de San Martín (GORESAM), dos concesiones forestales (Agrupación Maderera Alto Biavo S. A. C. y la del titular Eisen Paredes), el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), la Jefatura del Parque Nacional Cordillera Azul (PNCAZ). Además, el Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales (CIMA) fue incorporado por su rol en la gestión del PNCAZ, en su calidad de Ejecutor de Contrato de Administración.
En esta sentencia, el Juzgado declaró fundadas todas las pretensiones de Puerto Franco y el CEPKA, y ordenó a las entidades demandadas lo siguiente:
Que la Dirección Regional Agraria del GORESAM inicie el proceso de titulación de la integridad del territorio tradicionalmente utilizado y ocupado por la comunidad en propiedad. Además de inaplicar los artículos 11 y 18 de la Ley 22175 y 76 de la Ley 29763, relacionados con cesión en uso.
Que el SERFOR redimensione los Bosques de Producción Permanente (BPP) que afectan el territorio reclamado.
Que la Autoridad Regional Ambiental del GORESAM declare nulas las concesiones forestales que afectan el territorio kichwa.
Que el SERNANP, 1) realice la consulta libre e informada del D.S. 031-2001-AG que crea el PNCAZ y su Plan Maestro 2017-2021, 2) instruya a los guardaparques del Parque a no impedir el acceso a los recursos naturales a Puerto Franco y otras comunidades kichwa afectadas. 3) cumpla con el derecho de las comunidades nativas sobre las que se superpone el PNCAZ, de beneficiarse de las actividades de conservación en sus territorios, como el proyecto REDD+ del Parque. 4) cumpla con el derecho de las comunidades nativas sobre las que se superpone el PNCAZ, de participar en la gestión de este con capacidad de decisión.
Esta sentencia de primera instancia marca un hito en la justicia constitucional de los derechos de pueblos indígenas en el país. Por primera vez, se reconoce sus derechos territoriales vulnerados por la creación de áreas naturales protegidas sin el consentimiento libre, previo e informado.
«Me siento muy contento y satisfecho. No todos se meten en una lucha así frente al Estado, el llamado SERNANP, el CIMA y la concesión. Esto es para valientes. Así como de Puerto Franco para estar afrontando un juicio contra el Estado. Es una alegría para mí haber ganado este juicio. Estamos con emoción, pese a que nos han discriminado diciendo que no somos indígenas, el 12 de noviembre hemos demostrado que sí hablamos nuestro kichwa», señaló Henry Fasabi, apu de Puerto Franco.
Además, es el primer fallo judicial en relación con el mecanismo de mitigación al cambio climático de venta y compra de créditos de carbono, conocido como REDD+, en la que se ordena que se reconozca el derecho del pueblo kichwa a los beneficios que las actividades de conservación generan, como REDD+.
«Nosotros el 12 de noviembre hemos combatido y ahora con la noticia, es una satisfacción para mí y todos lo que vienen por detrás. Nacidos y crecidos aquí, sabemos nuestros bosques. Otros no saben. Si al Pikillaku ni el Shillu Shillu conocían y les cambiaron de nombres ¿Cómo va a poner nombre la gente del Parque si nunca ha entrado? No nos van a engañar. Hemos cuidado esos bosques, subimos la cordillera, hemos cantado, hemos reído, todos hemos cuidado, hemos luchado, hemos sufrido. Pero ellos ¿Qué van a caminar? ¿Qué ha hecho el SERNANP y Alto Biavo SAC? No nos dejaremos ser ganados, ser vencidos, y con 72 años seguimos firmes. Somos felices y contentos. Quemaremos hasta el último cartucho, no con bala sino con la palabra kichwa al SERNANP, que es doble cara, prestando su bote a los madereros en Remanso», refiere Don Guillermo Salas, sabio de Puerto Franco.
La sentencia también permite el reconocimiento del territorio integral ancestral de la comunidad Puerto Franco, incluyendo sus bosques de uso consuetudinario en propiedad de los que depende su subsistencia. (Fuente: IDL)